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Revisión de seguridad y responsabilidad

Reclamar recargo de prestaciones

Preguntas frecuentes sobre recargo de prestaciones

El recargo de prestaciones es un incremento económico sobre las prestaciones de la Seguridad Social cuando un accidente laboral o enfermedad profesional se produce por falta de medidas de seguridad imputable a la empresa. No es una indemnización normal: es una consecuencia directa del incumplimiento empresarial en prevención de riesgos laborales.

Puedes reclamar el recargo de prestaciones cuando el accidente laboral se produjo por falta de medidas de seguridad, falta de formación, ausencia de equipos de protección, maquinaria peligrosa, protocolos insuficientes o cualquier incumplimiento de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa.

El recargo suele suponer un incremento de entre el 30% y el 50% sobre las prestaciones de la Seguridad Social derivadas del accidente laboral. La cuantía concreta depende de la gravedad del incumplimiento empresarial y de las prestaciones reconocidas, como la incapacidad temporal o la incapacidad permanente.

El recargo de prestaciones lo paga directamente la empresa responsable del incumplimiento de seguridad. No lo cubre la mutua ni una aseguradora como si fuera una indemnización ordinaria. Por eso es una vía especialmente relevante cuando el accidente laboral se produjo por una falta clara de prevención.

Sí. En muchos casos, el recargo de prestaciones puede ser compatible con una indemnización por accidente laboral. La indemnización compensa daños, secuelas o perjuicios económicos, mientras que el recargo incrementa las prestaciones de la Seguridad Social cuando hubo falta de medidas de seguridad.

Conviene reunir el parte de accidente, informes médicos, resolución de la mutua o del INSS, evaluación de riesgos, investigación del accidente, fotografías, testigos, comunicaciones con la empresa, formación recibida y cualquier prueba sobre las medidas de seguridad existentes. La clave es demostrar el vínculo entre el incumplimiento empresarial y el accidente.

Sí. Cobrar la baja médica o una prestación por incapacidad temporal no impide reclamar el recargo de prestaciones. Precisamente el recargo se aplica sobre prestaciones reconocidas por la Seguridad Social cuando el accidente tiene origen en una falta de seguridad de la empresa.

Depende del caso. Aunque el trabajador haya podido influir en el accidente, puede existir responsabilidad empresarial si la empresa no adoptó las medidas de seguridad exigibles. Antes de descartar una reclamación, conviene revisar si hubo falta de formación, protección insuficiente o incumplimiento preventivo.

Los plazos pueden variar según la situación y las prestaciones reconocidas. Por eso, si has sufrido un accidente laboral y crees que hubo falta de medidas de seguridad, conviene consultar cuanto antes. Esperar demasiado puede complicar la prueba, la documentación y la viabilidad de la reclamación.

Sí. En Salbau Abogados atendemos reclamaciones de recargo de prestaciones en Barcelona y provincia. También podemos revisar la documentación de forma online si necesitas una primera orientación rápida o no puedes desplazarte presencialmente.

La primera valoración es gratuita. Revisamos tu situación, la documentación disponible y si existen indicios de falta de medidas de seguridad. En los casos viables, trabajamos con honorarios a éxito, por lo que solo cobramos si conseguimos ayudarte.